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lunes, 17 de marzo de 2014

TSJ ordena a Eveling Trejo quitar barricadas en Maracaibo


El Tribunal Supremo de Justicia ordenó a la alcaldesa de Maracaibo, al igual que a otros tres alcaldes, la remoción inmediata de escombros y obstáculos que impidan el libre tránsito por la ciudad. También deberá velar por el tránsito vehicular y el saneamiento ambiental

Por Daniel Villalobos / La Verdad

Por orden del Tribunal Supremo de Justicia, la alcaldesa Eveling Trejo de Rosales deberá remover todas las barricadas y guarimbas que entorpezcan el libre tránsito en Maracaibo.

Al igual que tres burgomaestres más de Venezuela, (Ramón Muchacho, alcalde del municipio Chacao del estado Miranda; Daniel Ceballos, alcalde del municipio San Cristóbal del estado Táchira y Gustavo Marcano, alcalde del municipio Diego Bautista Urbaneja del estado Anzoátegui) la alcaldesa marabina cita a la autoridad municipal a cumplir con sus demandas, entre las que se encuentran:

1. Realizar todas las acciones y utilicen los recursos materiales y humanos necesarios, a fin de evitar que se coloquen obstáculos en la vía pública que impidan el libre tránsito de las personas y vehículos; se proceda a la inmediata remoción de tales obstáculos y se mantengan las vías y zonas adyacentes a éstas libres de residuos y escombros y de cualquier otro elemento que pueda ser utilizado para obstaculizar la vialidad urbana;

2. Cumplir con su labor de ordenación del tránsito de vehículos a fin de garantizar un adecuado y seguro desplazamiento por las vías públicas de sus municipios;

3. Velar por la protección del ambiente y el saneamiento ambiental, aseo urbano y domiciliario;

4. Girar las instrucciones necesarias en sus respectivos cuerpos de policía municipal, a fin de dar cumplimiento efectivo a lo previsto en el artículo 44 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana; y, en este sentido,

5. Desplegar las actividades preventivas y de control del delito, así como, en el ámbito de sus competencias, promover estrategias y procedimientos de proximidad con las comunidades de sus espacios territoriales, a fin de lograr la comunicación e interacción con sus habitantes e instituciones locales con el propósito de garantizar y asegurar la paz social, la convivencia, el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de la ley.



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