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viernes, 30 de enero de 2015

Fiscalía revisa si es legal que FAN use armas en protestas


Opositores y activistas de DDHH pedirán al TSJ anular la resolución. La fiscal Luisa Ortega Díaz anunció que su despacho revisará "la letra" de la polémica resolución del Ministerio de la Defensa

JUAN FRANCISCO ALONSO, RAFAEL ARIAS | EL UNIVERSAL

El Ministerio Público revisa si la resolución número 008610 del Ministerio de la Defensa, la cual abre las puertas a que los militares empleen armas de fuego en el control de manifestaciones, se apega o no al espíritu y letra de la Constitución, la cual, en su artículo 68, establece: "Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas".

"Se está revisando la resolución y oportunamente una vez que tenga el resultado por supuesto que la haré del conocimiento público", afirmó la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, en una rueda de prensa que dio ayer luego de ofrecer un desayuno a los periodistas que hacen cobertura a su despacho.

El artículo 24 de las Normas sobre la actuación de la Fuerza Armada Nacional en funciones de control de orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones permite a los uniformados "el empleo de las armas de fuego" cuando "sea inevitable".

Por su parte, el numeral 9 del artículo 22 agrega en esos casos inevitables son aquellos en los que haya "una situación de riesgo mortal, frente a la cual el funcionario militar aplicará el método del uso de la fuerza potencialmente mortal, bien con el arma de fuego o con otra arma potencialmente mortal".

Tras calificar de "inconstitucional" el texto el secretario de Doctrina de Primero Justicia, el abogado constitucionalista Juan Manuel Matheus, aseguró: "(El presidente Nicolás) Maduro perdió el control del país, perdió el respeto de los venezolanos y por ello se prepara para el uso abusivo de la fuerza pública".

Asimismo el dirigente opositor reclamó del defensor del Pueblo, Tarek William Saab, que "demande inmediatamente" la nulidad de la resolución ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

El responsable de velar por los Derechos Humanos de todos los venezolanos, por su parte, intentó quitarle fuego a la polémica al asegurar, vía Twitter, que el instrumento solo faculta a los militares a usar las armas cuando la vida de los uniformados o la de terceros estén en "riesgo mortal".

Asimismo apuntó que el numeral 9 del artículo 15 de la resolución establece que los miembros de la FAN "no portarán ni usarán armas de fuego en el control de reuniones públicas y manifestaciones pacíficas". Sin embargo, obvió que dicha norma concluye: "A menos que, por la necesidad y proporcionalidad de los medios empleados para contrarrestarla (a las protestas), se necesario su porte y uso".

Al TSJ

Por considerar que esta normativa "podría convertirse en una especie de licencia para matar, estilo agente 007", el diputado Leomagno Flores (AD-Táchira) anunció que acudirá a la Sala Constitucional para exigirle que la anule.

Aunque sin mencionarlo expresamente el parlamentario justificó su acción en lo ocurrido en el país entre febrero y marzo de 1989. "Recordemos que los soldados solo saben usar armas de guerra, las cuales, como se sabe, tienen un potencial letal".

La abogada Elenis Rodríguez, directora de Fundeci, también anunció que acudirá en los próximos días al máximo juzgado para demandar la nulidad absoluta de la resolución firmada por el ministro de la Defensa, general en Jefe Wladimir Padrino López, la cual, a su criterio, busca "acallar a quienes alcen su voz en defensa de los Derechos Humanos".

Por su parte, la directora del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDH-UCAB), Ligia Bolívar, calificó al reglamento de ambiguo, y puso como ejemplo el artículo relacionado al porte de armas de fuego, el cual señala que el funcionario deberá tomar precauciones especiales para proteger la vida. "¿Cómo disparas con precaución un arma de fuego en medio de un tumulto?", se preguntó, al tiempo que agregó que lo dispuesto en este texto de rango sublegal es "absolutamente imposible" de aplicar.

Por último, la activista recordó que la función de los cuerpos policiales civiles y de la institución armada en materia de acciones de calle debe ser de "dispersión" y no de "represión".


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