El Presidente de la Asamblea Nacional (AN), Diosdado Cabello, explicó que legalmente el levantamiento de inmunidad parlamentaria a un diputado se decide por mayoría absoluta, de acuerdo a lo expresado en el artículo 89 del Reglamento de Interior y de Debate.
AVN
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El referido artículo establece que las decisiones de la Asamblea Nacional "se tomarán por mayoría absoluta", entendida ésta como la mitad más uno de los diputados presentes en el Parlamento.
Cabello hizo esta aclaratoria antes de iniciar este martes, en el hemiciclo de sesiones, el debate sobre el allanamiento a la inmunidad parlamentaria del diputado Richard Miguel Mardo Mardo, a solicitud del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), institución que el pasado 16 de julio declaró procedente el antejuicio de mérito contra el diputado por estar presuntamente involucrado en los delitos de defraudación tributaria y legitimación de capitales.
La solicitud que hizo el TSJ a la AN sobre la inmunidad de Mardo es un procedimiento legal que se realiza con el objetivo de "poner llano a los ciudadanos para que se aplique la ley", explicó Cabello al tomar la palabra al inicio de las deliberaciones sobre el caso.
Criticó que el hecho ha sido objeto de una activa campaña en los medios de comunicación destinada a desvirtuar el proceso legal, alegando que la inmunidad de un parlamentario se allana con la decisión de las dos terceras partes de la Asamblea Nacional, es decir con 110 parlamentarios y no los 83 de la mayoría absoluta.
Alegaron dirigentes de la oposición que el artículo 187, numeral 20 de la Constitución de la República establece que le corresponde a la AN calificar y conocer la renuncia de un diputado, así como "la separación temporal por el voto de las dos terceras partes de los diputados y las diputadas presentes".
Cabello manifestó que con este artículo se han hecho interpretaciones acomodaticias y argumentó que no se pretende calificar al diputado Mardo, sino que se discute allanar su inmunidad para que pueda ponerse a derecho con la ley, ya que se determinó que había elementos suficientes para llevarlo a un juicio por defraudación tributaria y legitimación de capitales.
Puso como ejemplo de calificación a un diputado, el caso en que un parlamentario decida tomar un año sabático y luego de eso desee volver a su actividad legislativa. En este particular serán las dos terceras partes las que decidan si ese diputado debe volver o no.
Igual ocurre en el caso en que un parlamentario tenga problemas de alcoholismo. "Si un diputado viene y comete desafueros por problemas de alcohol no se le allana la inmunidad, sino que se le califica y se separará (del cargo)", indicó Cabello.
Explicado esto, el Presidente de la AN manifestó que lo que se discute en el parlamento no es el comportamiento de Mardo, sino los presuntos delitos, tipificados en la ley, que él habría cometido.
"Hay diputados que usan la inmunidad para protegerse contra los delitos", criticó Cabello para luego citó el artículo 200 de la Constitución en efecto establece que los diputados gozan de inmunidad parlamentaria, sin embargo, nada dice sobre la cantidad de votación requerida para allanarla.